Tipos de Licencias de Construcción
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE OBRA MAYOR
Descripción del trámite
La solicitud la debe realizar una persona física o jurídica para obtener la licencia de construcción. Posterior al otorgamiento de esta licencia, el propietario del inmueble estará facultado para realizar las obras constructivas que le fueron aprobadas.
Profesional a cargo: Ing. Gerardo Hernández Gómez, MBA, MAP.
Horario de atención:
Lunes - martes- jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
Miércoles: No hay atención al público
Viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
Teléfonos: 2534-4120 Ext. 120 Correo electrónico: ghernandez@munialvarado.go.cr
Requisitos
Notas:
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Para que tramitar la Licencia de construcción, el usuario y/o solicitante debe estar al día, con todos los servicios ante la Municipalidad de Alvarado.
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El Departamento de Control Constructivo de la Municipalidad de Alvarado resolverá su caso en un plazo de 10 días hábiles, prorrogables 20 días hábiles. Cada vez que se realice algún subsane de dicho trámite, se reinicia el plazo de resolución.
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El Departamento de Control Constructivo, hará inspecciones de rutina en cualquier momento.
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Los escombros de construcción deben llevar tratamiento especial, por lo que SE PROHIBE: quemarlos, arrojarlos a ríos, quebradas, predios abandonados o depositarlos con los residuos sólidos domésticos.
¿Cómo realizar el trámite?
La solicitud debe ser presentada de forma digital en la plataforma APC del CFIA, mediante el siguiente link: https://sso.cfia.or.cr/sso/?IdSystem=2
Duración del trámite
30 días naturales a partir de la solicitud del trámite.
Costo del trámite
1% del valor de la obra cuando el proyecto no es de interés social.
0.5% del valor de la obra cuando el proyecto es de interés social.
Hasta 1% del valor de la obra por concepto de multa.
Documento que se obtiene con el trámite
Licencia de Construcción de Obra Mayor
Base legal
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Plan Regulador Territorial del Cantón de Alvarado.
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Ley de Construcciones
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Reglamento de Construcciones
Vigencia de la licencia
Las licencias de construcción, de urbanización y de proyectos de condominio tendrán una vigencia de un año para iniciar la obra, contado a partir de su otorgamiento. Si, pasado un año de otorgada la licencia, el administrado aún desea construir la obra, debe solicitar una nueva licencia, para lo cual debe cumplir con todos los procedimientos y requisitos de ley. En todo caso, el administrado puede prorrogar la vigencia de la licencia otorgada por un año más, sin costo alguno y hasta tres años como máximo, siempre y cuando así lo solicite a la administración municipal antes del vencimiento de la misma. La vigencia del plazo de la licencia se extenderá, de forma automática hasta tres años, sin necesidad de prórroga, si la obra fuera iniciada con licencia vigente. En todo caso, al caducar la licencia o habiendo sido abandonada una obra iniciada, por más de tres años, el administrado deberá solicitar una nueva licencia. Deberá ajustar la obra, cuantitativa y cualitativamente, a las normativas urbanísticas vigentes en ese momento, no existiendo derecho alguno adquirido o consolidado en su favor.
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE OBRA MENOR
Descripción del trámite
La solicitud la debe realizar una persona fisica o jurídica para obtener la licencia de construcción. Posterior al otorgamiento de esta licencia, el propietario del inmueble estará facultado para realizar las obras constructivas que le fueron aprobadas.
Profesional a cargo: Ing. Gerardo Hernández Gómez, MBA, MAP.
Horario de atención:
Lunes - miércoles - jueves de 3:00 p.m. a 4:00 p.m.
Teléfonos: 2534-4120 Ext. 120 Correo electrónico: ghernandez@munialvarado.go.cr
Requisitos
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Requisitos que la Municipalidad verifica internamente
- El solicitante de la licencia deberá estar al día con la Caja Costarricense del Seguro Social. La Municipalidad realizará la consulta correspondiente. En el caso de extranjeros, el solicitante deberá aportar número de asegurado, y en su defecto la certificación respectiva de la CCSS.
- Declaración de bienes inmuebles vigente por parte del propietario del inmueble.
- Tanto el solicitante como, en su caso, el propietario, deberán estar al día con las obligaciones municipales.
- Encontrarse la propiedad debidamente inscrita ante el Registro Nacional de la Propiedad.
2. Requisitos en físico que aporta el propietario o solicitante
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Una copia del plano catastrado de la propiedad (tamaño natural) con el respectivo visado municipal, en el caso de que ese documento no conste en los archivos municipales o haya sido modificado.
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Presentación del Formulario de Licencia de Construcción para Obra Menor debidamente completo.
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En caso de que el solicitante no sea el propietario registral deberá contar con la autorización del titular de la propiedad, cuya firma deberá estar debidamente autenticada por abogado o notario. En caso de que actúe con un poder, se debe presentar copia certificada, notarial o registral, del mismo con no más de un mes de emitida.
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Croquis de la obra a realizar que incluya el área de obras previamente construidas en el lote si existieran, su ubicación y las medidas correspondientes.
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Para el caso de personas jurídicas, deberá aportarse certificación notarial o registral, que incluya la existencia y vigencia de la entidad y el tipo de poder que ostente su representante. Esa certificación no podrá tener una antigüedad mayor a un mes.
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El inmueble al que se refiera la solicitud de licencia, deberá estar debidamente alineado, por lo que deberá aportarse el alineamiento respectivo emitido por las siguientes entidades según el caso: 1. Municipalidad: Cuando esté frente a vías cantonales según Inventario Vial Cantonal 2. MOPT: Cuando esté frente a vías nacionales. 3. INVU: Cuando el inmueble esté afectado por un área de protección de acuerdo con la legislación forestal. 4. ICE: Cuando el inmueble se vea afectado por servidumbre de alta tensión. 5. RECOPE: Cuando el inmueble se vea afectado por oleoducto. 6. INCOFER: cuando el inmueble se vea afectado por servidumbre de línea de ferrocarril. En todos los casos, el alineamiento se aportará salvo que el mismo ya conste en los archivos municipales y esté vigente.
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Documento original o certificado, con no más de un mes de emitido, de la Declaratoria de Interés Social vigente, cuando corresponda.
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Comprobante del recibo del pago de la Póliza de Riesgos de trabajo vigente.
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Certificación Literal de la propiedad con no más de un mes de emitida.
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Pago del Impuesto de Construcción.
¿Cómo realizar el trámite?
Completar el formulario antes descrito y presentarlo de manera impresa en la Plataforma de Servicios junto con los requisitos correspondientes.
Descargue el formulario en este link: Formulario obras menores
Duración del trámite
15 días hábiles, previo cumplimiento de todos los requisitos supra citados.
Costo del trámite
1% del valor de la obra cuando el proyecto no es de interés social.
0.5% del valor de la obra cuando el proyecto es de interés social.
Hasta 1% del valor de la obra por concepto de multa.
Documento que se obtiene con el trámite
Licencia de Construcción para obra menor.
Base legal
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Ley de Construcciones
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Reglamento de Construcciones
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Reglamento Municipal de Obras Menores en el Cantón de Alvarado
Vigencia de la licencia
1 año a partir de la fecha en que se otorgó. La misma puede prorrogarse hasta 3 años más con previa solicitud del propietario antes de cumplir el año siempre que la obra se haya iniciado.